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¿Qué ocurre si existe un impago en la pensión de alimentos?

El impago de la pensión de alimentos en España constituye un delito tipificado en el Código Penal, y su tratamiento legal se encuentra enmarcado dentro de un conjunto normativo diseñado para proteger los derechos de los menores y garantizar el cumplimiento de las obligaciones familiares. Este artículo ofrece una visión detallada del delito de impago de pensión de alimentos, su regulación legal y las consecuencias jurídicas para quienes incumplen esta obligación.

Impago de la pensión de alimentos

La pensión de alimentos constituye una obligación que recae sobre uno de los progenitores tras una separación o divorcio, y su propósito es cubrir las necesidades básicas del hijo o hija, como alimentación, vivienda, educación y salud. La obligación de pagar esta pensión está regulada en el artículo 142 y siguientes del Código Civil, en el cual se establece la obligación de pago de la misma, estableciendo una cantidad mínima que debe cubrir las necesidades del menor.

El impago de la pensión alimentaria es considerado un delito en el Código Penal español. La regulación específica se encuentra en el artículo 227 en el cual se establece que “el que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos”.

Ante tal situación, el progenitor custodio puede acudir a la vía judicial para requerir de pago. El proceso judicial para abordar el impago de la pensión de alimentos comienza generalmente con la denuncia presentada por el progenitor que no recibe la pensión o por el Ministerio Fiscal. El tribunal examinará si el incumplimiento es deliberado y si el alimentante tiene capacidad económica para cumplir con la obligación.

Las penas para el presente delito son pena de prisión de uno a dos años, multa económica de entre 18 a 24 meses o la reparación del daño ya que, en algunos casos, el tribunal puede ordenar al condenado únicamente que abone las cantidades adeudadas o que compense de alguna manera el perjuicio causado al menor.

Además de las penas mencionadas, el impago de la pensión alimentaria puede llevar a medidas complementarias, como la suspensión de la patria potestad o la adopción de medidas de protección adicionales para el menor, conforme a las decisiones del tribunal.

En conclusión, el delito de impago de la pensión de alimentos en España refleja el compromiso del sistema jurídico con la protección de los derechos de los menores y el cumplimiento de las obligaciones familiares. Las leyes españolas proporcionan un marco detallado para abordar esta situación, buscando garantizar que los menores reciban el apoyo económico necesario para su bienestar y desarrollo. El cumplimiento de las obligaciones alimentarias no solo es una responsabilidad legal, sino también un deber moral que busca asegurar el bienestar de los hijos en situaciones de separación o divorcio.

Foto de Torsten Dederichs en Unsplash